La Ley de Hidrocarburos está congelada indefinidamente / Tendencias de México

El juez Juan Pablo Gómez Fierro otorgó la suspensión definitiva que suspende indefinidamente tres artículos de la reforma a la Ley de Hidrocarburos.

De acuerdo con la resolución del Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializada en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, la medida tiene efectos generales, por lo que no solo beneficia a las empresas que han promovido la protección.

Los efectos de esta medida cautelar incluyen no solo a los demandantes, sino a todos los licenciatarios en los mercados de hidrocarburos, petróleo y petroquímica, señaló Gmez Fierro.

El juez precisa que durante la vigencia de la suspensión definitiva, los órganos competentes deberán aplicar el artículo 57 de la Ley de Hidrocarburos, en su redacción original, y abstenerse de aplicar los artículos transitorios cuarto y sexto del decreto impugnado.

La medida cautelar otorgada no implica que los estándares exigidos sigan siendo insostenibles, sino solo que sus efectos se pospondrán en el tiempo, hasta que se resuelva definitivamente su constitucionalidad, con lo cual se preserva la materia del juicio, dijo.

Gmez Fierro otorgó tres días al secretario de Energía, Roco Nahle, para anunciar la suspensión otorgada en el Diario Oficial de la Federación.

Se requiere el Titular del Ministerio de Energía, en su carácter de autoridad vinculada al cumplimiento de la suspensión y que, en los términos del art. 33, inciso I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, tiene competencia para fiscalizar el cumplimiento de la política energética del país, por lo que, dentro de los tres días, contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación de esta disposición aparece, proceda de la siguiente manera: Divulgar a la población en general, en que:

Durante la vigencia de esta medida cautelar se suspenden todos los efectos y …

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Esta tendencia comenzó por El Heraldo de México en heraldodemexico.com.mx el día: 2021-05-17 10:29:01

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